Salón Azul del Palacio Legislativo. El Salvador.

Legislación y medidas relativas al empleo de personas con discapacidad en El Salvador

La Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad establece la obligación de contratar como mínimo a una persona con discapacidad por cada veinte trabajadores. Toda persona natural o jurídica que cumpla con esta cuota de contratación podrá deducirse del impuesto sobre la renta toda la inversión encaminada a la implementación de los ajustes razonables y el diseño universal, para el óptimo desempeño de las personas con discapacidad contratadas; el sector público también está vinculado.

Las empresas que no puedan cumplir con el cupo deben aportar becas estudiantiles equivalentes al salario mínimo, bajo supervisión del Ministerio de Trabajo. El incumplimiento se sanciona con multas de entre 7 y 9 salarios mínimos, y las empresas que cumplen obtienen incentivos fiscales y ventajas en licitación pública.

Existe garantía de estabilidad laboral: las ausencias laborales por rehabilitación o tratamiento médico no pueden afectar el empleo, y todo despido puede ser judicialmente revertido, con derecho a reingreso y retroactivo salarial.

 

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